HelenaLobato

Legitimación de Firmas

Reconocimiento presencial de firmas en el despacho. La mención de facultades depende de la documentación presentada y de los requisitos del acto.

En el reconocimiento presencial, el firmante está presente y la firma se hace o confirma ante la abogada. La mención de la condición o las facultades de quien firma por otra persona depende de la documentación y del acto concreto.

Son actos que una abogada puede realizar conforme a la ley. Este despacho no es una notaría. Cuando un acto requiera notario, registro, administración tributaria o tribunal, se indicará la entidad competente.

Cómo se desarrolla el acto

  1. 01

    Cita y documentos

    El reconocimiento presencial exige la presencia de quien firma, con identificación en vigor. Antes de la cita se confirma el documento y, si alguien firma por otra persona, la documentación de los poderes.

  2. 02

    Verificación de la identidad

    En el acto se verifica la identidad en los términos aplicables. Por eso el documento de identificación debe estar en vigor.

  3. 03

    Firma ante la abogada

    La firma se realiza o se confirma presencialmente. Por ello el documento debe llegar cumplimentado, pero aún sin firmar.

  4. 04

    Diligencia y menciones

    Se extiende la diligencia de reconocimiento, con mención de la calidad o de los poderes cuando la documentación presentada lo permita, y con registro informático cuando se exija.

Qué se trata

Reconocimiento presencial

El firmante está presente y la firma se hace o confirma ante la abogada, con comprobación de identidad conforme a la normativa aplicable.

Mención de facultades

Cuando alguien firma en nombre de una sociedad o de otra persona, la mención de la condición o las facultades depende de la documentación y de los requisitos del acto. No sustituye otros justificantes que pueda exigir la entidad destinataria.

Autorizaciones y declaraciones

Autorización de viaje de menor, declaraciones responsables y declaraciones destinadas a consulados y a autoridades extranjeras.

Preguntas frecuentes

Qué traer

La forma y el plazo de cada acto dependen de la documentación, los requisitos legales y la disponibilidad del servicio.

  • Documento de identidad en vigor de quien firma
  • El documento ya cumplimentado, pero sin firmar
  • Certificación registral, cuando se firma en nombre de una sociedad

Esta página describe el trabajo del despacho en términos generales. Cada caso depende de los hechos y de la fase en que se encuentra, por lo que nada de lo aquí escrito sustituye el análisis del expediente.