HelenaLobato

Autenticación de Documentos

Autenticación de contratos, declaraciones y poderes, con diligencia extendida en el despacho e inscrita en el archivo electrónico oficial.

Un documento autenticado es un documento privado que las partes confirman, ante el abogado, que responde a su voluntad. Vale lo mismo que un documento hecho ante notario y lo aceptan los registros, la Agencia Tributaria y los bancos. La diferencia está en el tiempo: se hace en el momento, sin cita.

Qué se trata

Contratos y declaraciones

Compraventa, préstamo, donación, contratos de trabajo y declaraciones destinadas a servicios públicos o a autoridades extranjeras.

Poderes

Facultades para representar a quien no puede estar presente, con el alcance redactado de modo que no deje dudas a quien lo reciba.

Facultades especiales

Vender o gravar inmuebles, disponer de cuentas y representar en una partición exigen facultades expresas y forma propia, o el poder no sirve.

Revocación y sustitución

Retirar facultades ya concedidas, o traspasarlas a otra persona, con la comunicación que hace eficaz la revocación frente a terceros.

Qué traer

Estos actos se practican en el momento cuando los documentos vienen completos. Si falta uno, el acto queda en espera hasta que llegue.

  • Documento de identidad en vigor de quien firma
  • El documento a autenticar, ya redactado, o los datos para que el despacho lo redacte
  • Certificación registral y NIF, cuando quien firma es una sociedad

Esta página describe el trabajo del despacho en términos generales. Cada caso depende de los hechos y de la fase en que se encuentra, por lo que nada de lo aquí escrito sustituye el análisis del expediente.