HelenaLobato
Estantería de madera con libros y expedientes ordenados

Deudas e Insolvencia

Cobro de deudas por los medios que da la ley, e insolvencia cuando el pasivo ya no se resuelve de otra forma.

Cobrar pronto cuesta menos que cobrar tarde, y hay deudas que prescriben mientras nadie hace nada. Al otro lado de la mesa, hay situaciones en que la insolvencia es la salida ordenada y no el final del camino.

Cómo se desarrolla el proceso

  1. 01

    Título y plazos

    Qué existe como prueba de la deuda y si aún está en plazo. Una deuda prescrita no se cobra, y es lo primero que hay que comprobar.

  2. 02

    Requerimiento

    Carta al deudor con el importe, la causa y un plazo. Es barato, resuelve parte de los casos y cuenta a favor en lo que venga después.

  3. 03

    Procedimiento

    Requerimiento, demanda o solicitud de concurso, según la cuantía, la naturaleza de la deuda y el patrimonio del deudor.

  4. 04

    Cobro efectivo

    Ejecución y embargo. Una sentencia sin bienes que embargar no paga nada, por eso el patrimonio se valora antes y no después.

Qué se trata

Requerimiento de pago

La vía rápida para deudas nacidas de contratos. Sin oposición, la solicitud adquiere fuerza ejecutiva y pasa directamente a la ejecución.

Demanda judicial y Juzgados de Paz

Cuando hay oposición o el caso no cabe en el requerimiento. Los Juzgados de Paz resuelven asuntos de menor cuantía, con costes más bajos.

Ejecución

Embargo de cuentas, salarios, inmuebles y vehículos, con base en sentencia, requerimiento de pago u otro título ejecutivo.

Defensa del deudor

Oposición al requerimiento y a la ejecución, prescripción, plazos y acuerdos de pago antes de que avance el embargo.

Insolvencia de empresas

Solicitud de concurso, solicitud por un acreedor y reclamación de créditos en un procedimiento ya en curso.

Insolvencia de personas físicas

Solicitud de concurso y exoneración del pasivo restante, con lo que exige y lo que deja fuera.

Preguntas frecuentes

Qué llevar a la primera conversación

Nada de esto es obligatorio para pedir cita. Cuanto más haya en la primera conversación, más concreta será la respuesta.

  • Contrato, facturas o el documento que acredita la deuda
  • Justificantes de los pagos ya hechos y del importe pendiente
  • Cartas, mensajes y correos cruzados con la otra parte, con fechas
  • Lo que sepa del patrimonio del deudor: inmuebles, vehículos, empresa donde trabaja

Esta página describe el trabajo del despacho en términos generales. Cada caso depende de los hechos y de la fase en que se encuentra, por lo que nada de lo aquí escrito sustituye el análisis del expediente.