Revisar pronto una deuda ayuda a conservar opciones, y hay deudas que prescriben mientras nadie hace nada. Al otro lado de la mesa, hay situaciones en que la insolvencia es la salida ordenada y no el final del camino.
Cómo se desarrolla el proceso
- 01
Título y plazos
Qué existe como prueba de la deuda y si aún está en plazo. Una deuda prescrita no se cobra, y es lo primero que hay que comprobar.
- 02
Requerimiento
Carta al deudor con el importe, la causa y un plazo. Puede resolver algunos casos y ayudar a documentar las gestiones realizadas antes de iniciar un procedimiento.
- 03
Procedimiento
Requerimiento, demanda o solicitud de concurso, según la cuantía, la naturaleza de la deuda y el patrimonio del deudor.
- 04
Cobro efectivo
Ejecución y embargo. Una sentencia sin bienes que embargar no paga nada, por eso el patrimonio se valora antes y no después.
Qué se trata
Requerimiento de pago
Procedimiento específico para determinadas deudas nacidas de contratos. Sin oposición, la solicitud puede adquirir fuerza ejecutiva y pasar a ejecución, conforme a las reglas aplicables.
Demanda judicial y Juzgados de Paz
Cuando hay oposición o el caso no cabe en el requerimiento. Los Juzgados de Paz tienen competencia propia para determinados asuntos, con reglas específicas de tramitación y costas.
Ejecución
Embargo de cuentas, salarios, inmuebles y vehículos, con base en sentencia, requerimiento de pago u otro título ejecutivo.
Defensa del deudor
Oposición al requerimiento y a la ejecución, prescripción, plazos y acuerdos de pago antes de que avance el embargo.
Insolvencia de empresas
Solicitud de concurso, solicitud por un acreedor y reclamación de créditos en un procedimiento ya en curso.
Insolvencia de personas físicas
Solicitud de concurso y exoneración del pasivo restante, con lo que exige y lo que deja fuera.
Preguntas frecuentes
Qué llevar a la primera conversación
Nada de esto es obligatorio para el primer contacto. Cuanto más haya en la primera conversación, más concreta será la respuesta.
- Contrato, facturas o el documento que acredita la deuda
- Justificantes de los pagos ya hechos y del importe pendiente
- Cartas, mensajes y correos cruzados con la otra parte, con fechas
- Lo que sepa del patrimonio del deudor: inmuebles, vehículos, empresa donde trabaja
Esta página describe el trabajo del despacho en términos generales. Cada caso depende de los hechos y de la fase en que se encuentra, por lo que nada de lo aquí escrito sustituye el análisis del expediente.
